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Se revocan lineamientos del INE por ilegales

* Instituto Nacional Electoral pretendía regular temas ajenos a la materia electoral

* En su momento se hizo valer que el INE se había excedido en sus atribuciones al restringir indebidamente los derechos político-electorales de las personas

MÉXICO, 20 de marzo de 2023.- En diciembre de 2022, el Instituto Nacional Electoral (INE) expidió los Lineamientos para garantizar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en materia electoral por parte de las personas servidoras públicas (lineamientos), los cuales tenían por objeto legislar sobre responsabilidades de servidores públicos, programas sociales, conferencias de prensa e informes de labores, entre otras cuestiones.

En los lineamientos se regulaba la acreditación del “modo honesto de vivir” como requisito para competir en cargos de elección popular, incluyendo requisitos particulares para las personas servidoras públicas, lo que fue calificado como inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Ante la impugnación presentada por el Ejecutivo federal este 8 de marzo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó revocar los lineamientos del INE. Ahora debe emitir unos nuevos que se circunscriban a sus facultades. Es decir, sin incluir infracciones y sanciones no previstas en la Constitución.

Cabe mencionar que, dada la tendencia del INE a emitir normativa ajena a sus facultades, la reforma electoral publicada el 2 de marzo pasado limitó expresamente su competencia reguladora a los siguientes temas: a) resultados preliminares; b) encuestas o sondeos de opinión; c) observación electoral; d) conteos rápidos; e) impresión de documentos y producción de materiales electorales; f) Servicio Profesional Electoral Nacional, y g) recolección de firmas en los procesos de revocación de mandato.

Se trata de las materias en las que la Constitución le da facultades normativas, conforme a los artículos 41, base V, apartado B, numeral 5; 35, fracción IX, numeral 2º, párrafo segundo, y sexto transitorio del decreto de reforma electoral publicado el 10 de febrero de 2014.

En sus nuevos lineamientos, el INE debe respetar los límites que le fijan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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