* Interpol Polonia emitió una ficha roja a su nombre por probables delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero
* Interpuso dos amparos que impiden su deportación y/o expulsión del país
* La autoridad migratoria se encuentra en espera de la resolución en definitiva de los juicios de amparo
MÉXICO, 08 de agosto de 2022.- El Instituto Nacional de Migración (INM) de la Secretaría de Gobernación informa que Filip Roger Zalewski de nacionalidad polaca, quien es requerido por autoridades de su país por los probables delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero, se amparó para evitar su deportación.
La persona arribó procedente de Panamá a la Terminal II del Aeropuerto Internacional de Cancún, Quintana Roo, el pasado 22 de abril y como parte del proceso de internación al país, conforme al mandato de ley y su reglamento, en el filtro migratorio le solicitaron sus documentos para validar la información en el sistema.
El resultado fue que Filip Roger Zalewski mantiene una alerta roja activa desde el 27 de agosto de 2021 emitida para su búsqueda y detención por Interpol Polonia, donde lo requieren las autoridades para ser enjuiciado por los probables delitos de delincuencia y lavado de dinero.
Desde ese momento y apegado al respeto irrestricto a sus derechos humanos, el agente del INM lo envió a una segunda revisión para una nueva entrevista y verificar la documentación. Se reconfirmó que Filip Roger Zalewski contaba con una alerta migratoria por lo que fue imposibilitado para el ingreso a México.
Por el mismo motivo, previamente las autoridades panameñas habían rechazado el ingreso a su territorio, donde además le fue encontrado entre sus pertenencias un dispositivo para clonar tarjetas y 9 mil dólares en efectivo.
En Cancún, después de determinar su inadmisión, la persona originaria de Polonia fue conducida por las autoridades migratorias al área de espera para ser retornado a su país, sin embargo, ha interpuesto dos juicios de amparo con número 403/2022 y 784/2022-C, emitidos por los juzgados Cuarto de Distrito y Noveno de Distrito, respectivamente, que evitan la deportación y/o expulsión.
Ante los recursos legales que mandatan que las cosas permanezcan en el estado en el que se encuentran hasta en tanto los juzgadores no resuelvan en definitiva, el INM está imposibilitado en trasladar a la persona extranjera a algún otro sitio.
Durante este periodo, la autoridad migratoria ha dado cumplimiento a lo ordenado por los jueces, respecto a la entrega de alimentos, atención médica, acceso a comunicación y aseo personal, entre otros.