Así es señoras y señores el máximo tribunal del país declaró la constitucionalidad de los cateos policiacos en personas y vehículos en caso de «sospecha razonable» o «flagrancia» sin que exista una orden judicial o ministerial de por medio. Osea que tienen licencia para basculear si haces algo que a sus ojos parezca sospechoso.
Así lo definió la mayoría del pleno en su sesión del día de ayer 13 de Marzo en la que se aprobaron fragmentos de tres artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales. Cabe destacar que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México ya había impugnado dichos artículos argumentando que viola los derechos a la «libertad personal», «libertad de tránsito», «protección de datos personales» y a la «privacidad o vida privada», entre otros.
Así que aguas con crear “sospechosismos” porque esta ocasión ni la CNDH te podrá salvar de la manoseada.
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